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Art. 21

Código del Trabajo de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 21 La modalidad de fomento a la capacitación de L. 19.759 jóvenes consagrada en el artículo 183 bis del Código del Art. 5º transitorio Trabajo, sólo podrá llevarse a cabo respecto de aquellos contratos de trabajo que se pacten a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 19.759.
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