Art. 15
Código del Trabajo de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 15. La derogación del artículo 15 del Código del Trabajo aprobado por el artículo primero de la ley L. 19.250 18.620, dispuesta por el artículo 1.°, N.° 5, de la ley Art. 5º N.° 19.250, en cuanto se refiere al trabajo minero TRANSITORIO subterráneo relativo a las mujeres, entrará en vigencia el 17 de marzo de 1996.
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