EL CRITERIO OBSERVATORIO Volver al Observatorio →

Art. 342

Código Civil de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 342. Están sujetos a curaduría general los L. 7.612 menores adultos; los que por prodigalidad o demencia han Art. 1º sido puestos en entredicho de administrar sus bienes; y los sordos o sordomudos que no pueden darse a entender claramente.
Dudas y Comentarios
Cargando panel de comentarios...