Art. 1792-6
Código Civil de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 1792-6. Se entiende por gananciales la diferencia L. 19.335 de valor neto entre el patrimonio originario y el patrimonio Art. 6º final de cada cónyuge. Se entiende por patrimonio originario de cada cónyuge el existente al momento de optar por el régimen que establece este Título y por su patrimonio final, el que exista al término de dicho régimen.
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