EL CRITERIO OBSERVATORIO Volver al Observatorio →

Art. 1405

Código Civil de Chile · Texto Oficial Actualizado
Art. 1405. Las donaciones en que se impone al donatario un gravamen pecuniario o que puede apreciarse en una suma determinada de dinero, no están sujetas a insinuación, sino con descuento del gravamen.
Dudas y Comentarios
Cargando panel de comentarios...